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Solvencia económica y financiera

La solvencia económica y financiera es la capacidad económica que una empresa debe acreditar para optar a un contrato público. Se demuestra normalmente con el volumen de negocio de los últimos ejercicios, con un seguro de responsabilidad civil o con información financiera de la entidad.

Como la solvencia técnica, es un requisito previo de aptitud: no puntúa, pero si no se cumple la empresa no puede continuar en el procedimiento.

Medios habituales

  • Volumen anual de negocio, referido a los últimos ejercicios, exigido en relación con el tamaño del contrato.
  • Seguro de indemnización por riesgos profesionales con una cobertura mínima.
  • Cuentas anuales o ratios financieras.

El pliego debe pedir una solvencia proporcionada al objeto del contrato: requisitos desmesurados respecto al presupuesto pueden ser motivo de recurso.

Preguntas frecuentes

¿El volumen de negocio exigido puede ser cualquiera?

No. Debe ser proporcionado al valor y al riesgo del contrato; una exigencia desproporcionada restringe la competencia y es impugnable.

¿Sirve un seguro de responsabilidad civil como solvencia económica?

Sí, es uno de los medios admitidos cuando el pliego lo prevé, con la cobertura mínima que ese pliego indique.

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