Como la solvencia técnica, es un requisito previo de aptitud: no puntúa, pero si no se cumple la empresa no puede continuar en el procedimiento.
Medios habituales
- Volumen anual de negocio, referido a los últimos ejercicios, exigido en relación con el tamaño del contrato.
- Seguro de indemnización por riesgos profesionales con una cobertura mínima.
- Cuentas anuales o ratios financieras.
El pliego debe pedir una solvencia proporcionada al objeto del contrato: requisitos desmesurados respecto al presupuesto pueden ser motivo de recurso.
Preguntas frecuentes
¿El volumen de negocio exigido puede ser cualquiera?
No. Debe ser proporcionado al valor y al riesgo del contrato; una exigencia desproporcionada restringe la competencia y es impugnable.
¿Sirve un seguro de responsabilidad civil como solvencia económica?
Sí, es uno de los medios admitidos cuando el pliego lo prevé, con la cobertura mínima que ese pliego indique.
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