Es, junto con la solvencia económica y financiera, un requisito de aptitud: se comprueba antes de valorar la oferta y, si no se cumple, la empresa queda excluida por mucho que su propuesta sea buena.
Formas habituales de acreditar la solvencia técnica
- Relación de los principales trabajos del mismo tipo ejecutados en los últimos años, con importes, fechas y destinatario.
- Descripción del equipo técnico y de los medios materiales disponibles.
- Títulos académicos y profesionales del personal responsable.
- Certificados de sistemas de gestión de la calidad o ambiental cuando el pliego los pide.
Clasificación empresarial y medios externos
En algunos contratos, sobre todo de obras, la clasificación del contratista sustituye o complementa a la acreditación individual de solvencia. Cuando una empresa no llega por sí sola, puede recurrir a la solvencia de otras entidades (por ejemplo, del grupo o de un socio) si demuestra que dispondrá realmente de esos medios durante la ejecución.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no cumplo la solvencia técnica exigida?
La empresa queda excluida del procedimiento antes de que se valore su oferta. Por eso la solvencia es lo primero que hay que comprobar en el pliego.
¿Puedo usar la experiencia de una empresa asociada?
Sí, mediante la integración de la solvencia con medios externos, siempre que se acredite el compromiso de disponer de esos medios durante la ejecución del contrato.
¿La solvencia técnica puntúa en la adjudicación?
No. Es un requisito de aptitud (se cumple o no se cumple). Los aspectos que puntúan son los criterios de adjudicación, que son cosa distinta.
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