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Prórroga de un contrato público

La prórroga es la extensión de la duración de un contrato público más allá de su plazo inicial, en las condiciones ya previstas en el pliego. Para que sea válida tiene que estar contemplada en el contrato, acordarse antes de que este termine y respetar los límites de duración que fija la normativa.

La prórroga no es una renovación libre: mantiene el mismo objeto y, en general, las mismas condiciones económicas, con las actualizaciones que el pliego permita. El valor estimado del contrato ya incluye las prórrogas previstas.

Claves de la prórroga

  • Debe estar prevista en el pliego, con su alcance y su límite temporal.
  • Se acuerda de forma expresa antes de la finalización del contrato.
  • En determinados supuestos puede ser obligatoria para el contratista si el pliego lo establece.

Por qué vigilar los vencimientos

Un contrato que se acerca a su último periodo de prórroga es un contrato que va a volver a salir a licitación. Anticipar esa fecha permite preparar la oferta con tiempo, sobre todo si lo tiene ahora un competidor.

Preguntas frecuentes

¿Se puede prorrogar un contrato si el pliego no lo preveía?

No. La prórroga tiene que estar contemplada en el contrato; si no, habría que licitar de nuevo.

¿La prórroga cambia el precio del contrato?

Mantiene las condiciones económicas pactadas, con las revisiones o actualizaciones que el propio pliego permita.

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