Si tu oferta queda en presunción de anormalidad, no estás excluido: la mesa de contratación te pedirá que expliques por qué puedes ejecutar el contrato a ese precio, y solo te excluirá si la explicación no convence. Justificar bien una baja temeraria consiste en demostrar, con números y documentos, que tu precio sale de ventajas reales (medios, costes, organización) y no de trabajar a pérdidas o de recortar salarios por debajo del convenio.
Esta guía explica qué dice la ley, qué argumentos se aceptan, cómo estructurar el informe y los errores que más exclusiones provocan. Si buscas solo la definición, la tienes en la ficha de baja temeraria del glosario.
Qué pasa cuando tu oferta entra en baja temeraria
El artículo 149 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) regula las ofertas anormalmente bajas. El procedimiento sigue casi siempre los mismos pasos:
- La mesa detecta la oferta aplicando los parámetros que fija el pliego.
- Te requiere una justificación y te da un plazo para presentarla. La ley solo dice que sea un "plazo suficiente"; en la práctica suele ser de pocos días, así que conviene tener el trabajo adelantado.
- Pide un informe técnico sobre tu justificación al servicio correspondiente del órgano de contratación.
- La mesa propone aceptar o rechazar la oferta, y el órgano de contratación decide de forma motivada.
Si la oferta se rechaza, el contrato pasa al siguiente licitador mejor clasificado. Si se acepta, el órgano debe establecer mecanismos para hacer un seguimiento más estrecho de la ejecución, y el pliego puede exigirte una garantía complementaria de hasta un 5 % del precio, que se suma a la garantía definitiva.
Cómo se calcula el umbral
Cada pliego fija sus propios parámetros, normalmente en función de la media de las ofertas y del número de licitadores. Cuando el único criterio es el precio y el pliego no dice nada, se aplican por defecto los parámetros del artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos (RD 1098/2001):
- Un licitador: su oferta es anormal si baja más de 25 puntos porcentuales respecto al presupuesto base.
- Dos licitadores: si una oferta es más de 20 puntos inferior a la otra.
- Tres licitadores: si una oferta es más de 10 puntos inferior a la media de las ofertas. Para calcular esa media se descarta la oferta más alta si supera la media en más de 10 puntos. En cualquier caso, una baja de más de 25 puntos se considera anormal.
- Cuatro o más: si una oferta es más de 10 puntos inferior a la media. Si alguna supera la media en más de 10 puntos, la media se recalcula sin ella.
Las ofertas de empresas de un mismo grupo cuentan una sola vez para este cálculo: solo se toma la más baja. Antes de ofertar, lee siempre la cláusula concreta del pliego, porque es la que manda.
Qué argumentos admite la ley
El artículo 149.4 LCSP enumera los motivos que puedes alegar. Tu justificación debe apoyarse en uno o varios de ellos:
- Ahorro en el método de prestación: procesos más eficientes, rutas optimizadas, mantenimiento preventivo que reduce correctivos, herramientas que ahorran horas.
- Soluciones técnicas y condiciones excepcionalmente favorables: maquinaria propia ya amortizada, almacén o delegación cerca del lugar de ejecución, acuerdos de precio con proveedores.
- Innovación u originalidad de la solución que propones.
- Cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales, incluida la subcontratación. Aquí tienes que demostrar que cumples, no basta con decirlo.
- Posible obtención de una ayuda de Estado, con las condiciones que fija la ley.
Hay un límite que no admite discusión: la oferta se rechaza obligatoriamente si es anormalmente baja porque incumple la normativa sobre subcontratación o las obligaciones medioambientales, sociales o laborales, incluidos los convenios colectivos sectoriales vigentes. Si tus costes de personal no llegan a las tablas del convenio, no hay justificación posible.
Cómo estructurar el informe de justificación
Una buena justificación se lee en diez minutos y se comprueba con los anexos. Esta estructura funciona bien:
1. Resumen de una página
Explica en pocas líneas por qué tu precio es viable: las dos o tres ventajas concretas que lo explican y el margen que te queda.
2. Desglose de costes completo
Es el núcleo del informe. Desglosa el precio ofertado en partidas que se puedan comprobar:
- Personal: número de personas, categoría profesional, horas de dedicación y coste según las tablas salariales del convenio aplicable, con Seguridad Social, pluses, vacaciones y absentismo.
- Subrogación: si el pliego incluye una relación de personal a subrogar (muy habitual en mantenimiento, limpieza o seguridad), calcula su coste real, antigüedad incluida. Es la partida que más justificaciones tumba.
- Materiales y repuestos: con precios respaldados por presupuestos o tarifas de proveedores.
- Maquinaria, vehículos y medios auxiliares: indica si están amortizados y qué coste imputas.
- Gastos generales y beneficio industrial: declara tu porcentaje.
3. Justificación de cada ventaja
Por cada argumento, un párrafo y su prueba: cartas de proveedores con precios, contratos similares que ya ejecutas en la zona, inventario de medios propios, certificados de calidad o de procesos.
4. Declaración de cumplimiento
Afirma expresamente que cumples el convenio, la normativa laboral y de prevención de riesgos, y las obligaciones medioambientales, y que la subcontratación prevista respeta los límites del pliego.
Errores que hacen que te excluyan
- Justificaciones genéricas: "somos una empresa con experiencia y medios suficientes" no justifica nada. La mesa necesita cifras.
- Costes de personal por debajo del convenio, o no contar el personal a subrogar.
- Cuentas que no cuadran: que la suma del desglose no dé el precio ofertado, o que las horas no alcancen las que exige el pliego de prescripciones técnicas.
- Reconocer pérdidas o un beneficio nulo sin explicar cómo se compensa. Es una línea que los órganos de contratación y los tribunales miran con mucha cautela.
- Fuera de plazo o incompleta: si no contestas a tiempo, la oferta se rechaza.
Mejor prevenir: cómo calibrar la baja antes de ofertar
La forma más sencilla de no tener que justificar es saber dónde suele estar la baja en contratos parecidos al tuyo. El histórico de adjudicaciones de un organismo y de un código CPV indica qué descuentos ganan y cuáles acaban en temeraria. Es justo lo que hace el análisis de competencia de Licitra: bajas reales de contratos similares y quién se los lleva, para que fijes tu oferta con datos y no a ojo.
Conoce la baja que gana antes de ofertar
Licitra te enseña las bajas reales de contratos similares y quién los gana en cada organismo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para justificar una baja temeraria?
El que fije el órgano de contratación en el requerimiento. La ley exige un plazo suficiente pero no fija días; suele ser corto, así que conviene tener preparado el desglose de costes antes de presentar una oferta agresiva.
¿Me pueden excluir aunque justifique la baja?
Sí, si la mesa y el informe técnico concluyen que la justificación no explica de forma satisfactoria el precio. La exclusión es obligatoria cuando la baja se debe a incumplir obligaciones laborales, sociales o medioambientales, incluido el convenio colectivo.
¿Qué porcentaje de baja se considera temerario?
No hay un porcentaje único: lo fija cada pliego, normalmente en relación con la media de las ofertas. Si el único criterio es el precio y el pliego no dice nada, se aplican los parámetros del artículo 85 del Reglamento (por ejemplo, más de 10 puntos por debajo de la media con tres o más ofertas).
¿Si me aceptan la baja temeraria tengo que poner más garantía?
Puede ser. El pliego puede exigir una garantía complementaria de hasta un 5 % del precio cuando la oferta del adjudicatario estuvo inicialmente en presunción de anormalidad, además de la garantía definitiva.